jueves, junio 22, 2006

Confirman falsedad en spots del PRD: Reforma 22 junio 2006

Les reenvío la nota publica el día de hoy el Reforma en su pagina web. Confirman falsedad en spots del PRD Por unanimidad, el Tribunal Electoral consideró que lo dicho en los spots del PRD contra Felipe Calderón no puede considerarse como cierto Claudia Salazar Ciudad de México (22 junio 2006).- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó que son falsos y erróneos los spots de la coalición Por el Bien de Todos contra el candidato del PAN a la Presidencia de México, Felipe Calderón, sobre su presunta responsabilidad en cuanto al Fobaproa. Al resolver la impugnación de esta coalición, presentada contra la resolución del Instituto Federal Electoral en cuanto al retiro de esos spots, el pleno del Tribunal resolvió por unanimidad que debía confirmar el fallo de la autoridad electoral. En dos spots, la coalición Por el Bien de Todos acusa a Calderón de ser cómplice del PRI en la pérdida de 120 mil millones de dólares por el rescate bancario y ser responsable de la desaparición de un millón de empleos, además de que rematan con la frase "Calderón, eres muy mentiroso". La resolución presentada por el magistrado José de Jesús Orozco planteó los mismos criterios aplicados en la sesión del 23 de mayo, cuando se resolvió que los spots del PAN contra Andrés Manuel López Obrador, en donde lo calificaban como un peligro para la Nación. "El núcleo de los mensajes de los spots significan o denotan la imputación dirigida al candidato de Acción Nacional de que realizó determinadas conductas que constituyen delitos, a saber fraude como autor y cómplice, así como el cumplimiento de diversas conductas delictuosas como robo", señala la resolución. Sin embargo, de acuerdo con el texto, esto es suficiente para considerar la violación de los artículos 38, párrafo uno, y 186, párrafo dos, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Señala que las afirmaciones de los spots no pueden considerarse como ciertas al no existir una resolución de la autoridad judicial sobre la comisión de los supuestos delitos. "En efecto, tal como se estableció por esta Sala Superior en sesión del 23 de mayo, los enunciados fácticos en los que se hace la afirmación de hechos concretos imputados a un individuo, relacionados con la realización de acciones ilícitas, como las que tienen carácter de delitos y por ende comprobables, por ejemplo mediante las indagaciones ejecutadas por el Ministerio Público, y confrontadas en un proceso judicial, bajo el principio contradictorio, no están protegidas (comprobadas) constitucional ni legalmente y las afirmaciones resultan ser falsas y erróneas", abunda el resolutivo. Hora de publicación: 14:22